Última revisión
01/01/2017
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - ANDALUCIA 2016 - DEDUCCIÓN POR ADQUISICIÓN DE ACCIONES POR CONSTITUC. SOCIEDADES I
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
138301 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - ANDALUCIA 2016
Pregunta
¿En qué consiste la deducción autonómica por la adquisición de acciones o participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o de ampliación de capital en las sociedades mercantiles?
Respuesta
Los contribuyentes residentes en la Comunidad Autónoma de Andalucía pueden aplicar una deducción del 20 del 100 de las cantidades invertidas en el año en la adquisición de acciones o participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o de ampliación de capital en las sociedades mercantiles que revistan la forma de Sociedad Anónima Laboral, Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral o Sociedad Cooperativa.
El límite máximo de la deducción es de 4.000 euros anuales.
Para la aplicación de la deducción deben cumplirse los requisitos indicados en la pregunta con referencia 138303.
Normativa/Doctrina
Artículo 15 .bis Decreto Legislativo 1/2009, de 01 de septiembre de 2009 de la Comunidad Autónoma, modificado por Ley 8/2010 . Art. 2. Uno

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria
