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IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - PRINCIPADO DE ASTURIAS 2016 - DEDUCCIÓN POR ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
138394 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - PRINCIPADO DE ASTURIAS 2016
Pregunta
¿En qué consiste la deducción por alquiler de vivienda habitual?
Respuesta
Los residentes en el Principado de Asturias pueden aplicar una deducción del 10 por 100 de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de la vivienda habitual del contribuyente, con un máximo de 455 euros. No obstante, cuando se trate de alquiler de vivienda habitual en el medio rural (vivienda situada en suelo no urbanizable o en concejos de población inferior a 3.000 habitantes), la deducción será del 15 por 100 del importe satisfecho con el límite máximo de 606 euros.
Para poder aplicar la deducción deben concurrir los siguientes requisitos:
1. La suma de la base imponible general y del ahorro no ha de exceder de 25.009 euros si la tributación es individual o de 35.240 euros si es conjunta.
2. Las cantidades satisfechas en concepto de alquiler han de exceder del 10 por 100 de la base imponible.
Normativa/Doctrina
Art. 7 Texto Refundido Disposiciones Legales Principado de Asturias en materia de tributos cedidos (D.legislativo 2/2014)
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria