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IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - DEDUCCIÓN VIVIENDA HABITUAL HASTA 31.12.2012 - BASE DEDUCCIÓN - PRÉSTAMO MULTIDIVISA
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
136715 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - DEDUCCIÓN VIVIENDA HABITUAL HASTA 31.12.2012 - BASE DEDUCCIÓN
Pregunta
Contribuyente contrata un préstamo hipotecario multidivisa en francos suizos, teniendo facultad de cambiar de divisa, entre cinco divisas distintas y el euro, en cada periodo de liquidación del préstamo. Además debe pagar un tipo de interés y una comisión de cambio. Tiene dada orden al Banco para adquirir en cada periodo de liquidación, una cantidad determinada y fija de francos suizos, para el pago del préstamo y los gastos. ¿Cual es la base de deducción y si viene determinada por el contravalor en euros correspondiente a la adquisición de las divisas aplicadas al pago del préstamo o por su contravalor en el momento amortizacion?
Respuesta
La deducción por adquisición de vivienda podrá aplicarse por las cantidades satisfechas en el período impositivo de que se trate por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente.
Por tanto, la base de la deducción vendrá formada por las cantidades satisfechas en concepto de amortización del préstamo y en concepto de pago de los intereses y gastos correspondientes al préstamo, según su contravalor en euros en el momento en que se satisfagan dichas cantidades en la divisa que corresponda, ya que es dicho momento en el que surge el derecho a la deducción y al que debe atenderse por tanto para determinar el contravalor en euros de las divisas entregadas para realizar dichos pagos.
Normativa/Doctrina
Artículo 68 .1.1º Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006.
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0145 - 2009, de 26 de enero de 2009
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria