IMPUESTO SOBRE LA RENTA D...DEDUCIBLES

Última revisión
01/01/2017

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - DEDUCCIÓN VIVIENDA HABITUAL HASTA 31.12.2012 - BASE DEDUCCIÓN - VIVIENDA HEREDADA: CANTIDADES DEDUCIBLES

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min

Relacionados:

Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017


Materia

136725 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - DEDUCCIÓN VIVIENDA HABITUAL HASTA 31.12.2012 - BASE DEDUCCIÓN

Pregunta

Contribuyente hereda una vivienda, de la que debe pagar parte de un préstamo que quedaba pendiente en ese momento, así como otros gastos inherentes a dicha adquisición ¿Puede aplicarse la deducción por adquisición de vivienda? ¿Constituyen esas cantidades un mayor valor de adquisición?  

Respuesta

Cuando se adquiere una vivienda por herencia, siempre que ésta cumpla los requisitos previstos para poder ser considerada como vivienda habitual, el adquirente podrá deducir la cuota del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, así como, en su caso, los gastos de notaría y registro correspondientes a dicha adquisición. Además si existe alguna deuda configurada como una obligación ligada directamente a la adquisición de la vivienda y su nacimiento es presupuesto necesario para dicha adquisición dichas cantidades también darán derecho a deducción, siempre con los límites y requisitos previstos en la normativa.

En cuanto al valor de adquisición al haberse adquirido a título lucrativo, se tendrá en cuenta como valor real el que corresponda por aplicación de las normas del Impuesto de Sucesiones y Donaciones incluyéndose también los gastos y tributos inherentes a dicha adquisición,pero sin que deban adicionarse al mismo las cantidades que deban abonarse como consecuencia de la deuda pendiente

Normativa/Doctrina

Artículo 36 Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006.

Artículo 68 .1 Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006.

Consulta de la D.G.T. 1477 - 2003, de 30 de septiembre de 2003

Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1259 - 2006, de 28 de junio de 2006



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Fiscalidad de las herencias y donaciones (Navarra y País Vasco). Paso a paso
Disponible

Fiscalidad de las herencias y donaciones (Navarra y País Vasco). Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

17.00€

16.15€

+ Información

Fiscalidad de las herencias en vida. Paso a paso
Disponible

Fiscalidad de las herencias en vida. Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

17.00€

16.15€

+ Información

Cómo declarar tu herencia. Paso a paso
Disponible

Cómo declarar tu herencia. Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

14.50€

13.78€

+ Información

Fiscalidad de los divorcios y separaciones. Paso a paso
Novedad

Fiscalidad de los divorcios y separaciones. Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

15.30€

14.54€

+ Información

Fiscalidad de las herencias y donaciones (comunidades autónomas no forales). Paso a paso
Disponible

Fiscalidad de las herencias y donaciones (comunidades autónomas no forales). Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

21.25€

20.19€

+ Información