Última revisión
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - ILLES BALEARS 2016 - DEDUCCIÓN POR GASTOS DE ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
138421 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - ILLES BALEARS 2016
Pregunta
¿En qué consiste la deducción autonómica por adquisición de libros de texto?
Respuesta
Los residentes en las Illes Balears pueden aplicar una deducción del 100 por 100 de los importes destinados a la compra de libros de texto, por cada hijo que curse estudios de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato o ciclos formativos de educación profesional especifica. A efectos de la deducción, solo podrán tenerse en cuenta aquellos hijos que a su vez den derecho al mínimo por descendientes.
Para poder aplicar la deducción, la base imponible total no podrá ser superior a 12.500 euros en tributación individual o a 25.000 euros, en caso de tributación conjunta; también se requiere su justificación documental, mediante las facturas o los correspondientes documentos equivalentes, que habrán de mantenerse a disposición de la Administración tributaria.
El importe de la deducción por cada hijo no puede exceder de los siguientes límites:
En declaraciones individuales:
Base imponible total | Límite por hijo |
Hasta 6.500 euros | 100 euros por hijo |
Entre 6.500,01 y 10.000 euros | 75 euros por hijo |
Entre 10.000,01 y 12.500 euros | 50 euros por hijo |
Si los hijos conviven con ambos padres, la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos.
En declaraciones conjuntas:
Base imponible total | Límite por hijo |
Hasta 10.000 euros | 200 euros por hijo |
Entre 10.000,01 y 20.000 euros | 100 euros por hijo |
Entre 20.000,01 y 25.000 euros | 75 euros por hijo |
Normativa/Doctrina
Art. 4 Texto Refundido disposiciones legales de Illes Balears en materia de tributos cedidos (D. legislativo 1/2014) Disposición final segunda Ley 13/2014, de 29 de diciembre, de Presupuestos de Illes Balears para 2015
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria