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IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - HECHO IMPONIBLE, EXENCIONES - BECAS - BECAS ESTUDIOS: ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
134796 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - HECHO IMPONIBLE, EXENCIONES - BECAS
Pregunta
¿Están exentas las becas para estudios concedidas por entidades sin fines lucrativos a las que sea de aplicación el régimen especial regulado por el título II de la
Respuesta
Tratándose de becas para estudios concedidas por entidades sin fines lucrativos se entenderán cumplidos los principios generales para la exención, cuando:
- Los destinatarios sean colectividades genéricas de personas, sin que pueda establecerse limitación alguna respecto de los mismos por razones ajenas a la propia naturaleza de los estudios a realizar y las actividades propias de su objeto o finalidad estatutaria.
- Que el anuncio de la convocatoria se publique en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma y, bien en un periódico de gran circulación nacional, bien en la página web de la entidad.
- Que la adjudicación se lleve a cabo en régimen de concurrencia competitiva.
Normativa/Doctrina
Artículo
Artículo
Consulta de la D.G.T. 1981 - 05, de 06 de octubre de 2005
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0048 - 09, de 15 de enero de 2009
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2539 - 08, de 30 de diciembre de 2008
V1865-09 de 07/08; Beca Fundación para investigación
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria