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IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - PAGOS A CUENTA - RETENCIONES RENTAS TRABAJO - REGULARIZACIÓN: AUMENTO RETRIBUCIONES VARIABLES PROCEDIMIENTO
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
136977 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - PAGOS A CUENTA - RETENCIONES RENTAS TRABAJO
Pregunta
¿Cómo se regulariza cuando aumentan las retribuciones variables a lo largo del año? ¿Se tienen en cuenta las retribuciones previsibles desde ese momento? ¿Se regulariza cada vez que se perciben?
Respuesta
Cada vez que se produzcan durante el año variaciones en la cuantía de las retribuciones que se tuvieron en cuenta para la determinación del tipo de retención, deberá procederse a la regularización. Por tanto, cuando se satisfagan retribuciones variables que no se hubieran considerado en el cálculo inicial de la retención, habrá que regularizar, bien en la fecha en que se produzca la variación, o bien, a opción del pagador, en los meses de abril, julio y octubre, respecto de las variaciones que se hayan producido en los trimestres inmediatos anteriores.
Normativa/Doctrina
Artículo 87 .2 3º y 4º Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo de 2007.
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria