IMPUESTO SOBRE LA RENTA D...FESIONALES

Última revisión
01/01/2017

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - PAGOS A CUENTA - RETENCIONES RENTAS TRABAJO - TIPO RETENCIÓN: JUNTAS COLEGIOS PROFESIONALES

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017


Materia

137006 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - PAGOS A CUENTA - RETENCIONES RENTAS TRABAJO

Pregunta

¿Es aplicable el porcentaje de retención de los administradores y miembros de consejos de administración a las cantidades satisfechas a los miembros de las juntas de gobierno de los colegios profesionales?

Respuesta

Sí. Las juntas de gobierno de los colegios profesionales ejercen funciones similares a las de los consejos de administración, por lo que hay que entenderlas incluidas en la expresión demás miembros de otros órganos representativos y, en consecuencia, las cantidades satisfechas a sus miembros estarán sometidas a retención al tipo del 35%.

En los períodos impositivos 2012 y 2013, el porcentaje de retención del 35 % se eleva al 42 %.

Normativa/Doctrina

Artículo 80 .1 3º Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo de 2007.

Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1742 - 05, de 08 de septiembre de 2005

DGT. MARZO 2000



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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