Última revisión
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - PAGOS A CUENTA - RETENCIONES RENTAS TRABAJO - TIPO RETENCIÓN: JUNTAS COLEGIOS PROFESIONALES
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
137006 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - PAGOS A CUENTA - RETENCIONES RENTAS TRABAJO
Pregunta
¿Es aplicable el porcentaje de retención de los administradores y miembros de consejos de administración a las cantidades satisfechas a los miembros de las juntas de gobierno de los colegios profesionales?
Respuesta
Sí. Las juntas de gobierno de los colegios profesionales ejercen funciones similares a las de los consejos de administración, por lo que hay que entenderlas incluidas en la expresión demás miembros de otros órganos representativos y, en consecuencia, las cantidades satisfechas a sus miembros estarán sometidas a retención al tipo del 35%.
En los períodos impositivos 2012 y 2013, el porcentaje de retención del 35 % se eleva al 42 %.
Normativa/Doctrina
Artículo
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1742 - 05, de 08 de septiembre de 2005
DGT. MARZO 2000
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria