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IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - RETRIBUCIONES EN ESPECIE - CASOS QUE NO CONSTITUYEN RETRIBUCIONES EN ESPECIE DESDE 1/1/2015
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Temas
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
135461 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - RETRIBUCIONES EN ESPECIE
Pregunta
¿En qué casos se entiende que no existe retribución en especie para los trabajadores?
Respuesta
Desde el 1 de enero de 2015, no tendrán la consideración de rendimientos del trabajo exclusivamente:
- a) Las cantidades destinadas a la actualización, capacitación o reciclaje del personal empleado, cuando vengan exigidos por el desarrollo de sus actividades o las características de los puestos de trabajo.
- b) Las primas o cuotas satisfechas por la empresa en virtud de contrato de seguro de accidente laboral o de responsabilidad civil del trabajador
El resto de rentas en especie, que antes eran no sujetas, ahora se califican como rendimientos del trabajo en especie exentos.
Normativa/Doctrina
Artículo 42 .2 Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria