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IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - REGLAS ESPECIALES VALORACIÓN: ESTIM.RENTAS, OP.VINCUL., RTAS ESPE - REFERENCIAS NO ASOCIADAS A SUBCAPITULOS - REDUCCIÓN IRREGULARIDAD PROPORCIONAL EN RENDIM. MISMA NATURALEZA
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
139169 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - REGLAS ESPECIALES VALORACIÓN: ESTIM.RENTAS, OP.VINCUL., RTAS ESPE - REFERENCIAS NO ASOCIADAS A SUBCAPITULOS
Pregunta
Los artículos 18.2, 23.3, 26.2 y 32.1 de la ley IRPF establecen que la cuantía de los distintos tipos de rendimientos netos a la que se aplicará la reducción del 30% no podrá superar 300.000 euros anuales. Si se obtienen varios rendimientos irregulares de una misma naturaleza y su importe supera la cuantía máxima de 300.000 euros ¿puede elegir el contribuyente sobre que rendimientos aplica dicha limitación o, por el contrario, la reducción máxima aplicable ha de distribuirse proporcionalmente entre todos los rendimientos de esa naturaleza?
Respuesta
En el caso de que se obtengan varios rendimientos irregulares de una misma naturaleza y que su importe supere la cuantía máxima de 300.000 euros, la reducción máxima se distribuirá proporcionalmente entre todos los rendimientos de esa naturaleza.
No obstante, en caso de que uno de esos rendimientos sea un rendimiento mínimo anual que no lleva aparejada reducción por irregularidad -por ej. contribuyente que obtenga rendimientos irregulares de dos inmuebles, el segundo de ellos arrendado a un familiar que tendrá en todo caso un rendimiento mínimo del 2% ó 1,1% del valor catastral-, ello conllevaría que los otros rendimientos irregulares pudieran aplicar la reducción máxima proporcionalmente entre ellos, sin incluir dicho rendimiento mínimo en la distribución.
Normativa/Doctrina
Artículos 18.2), 23.3), 26.2) y 32.1) Ley 35/2006 del IRPF
Informe DGT 20-1-2017
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria