IMPUESTO SOBRE LA RENTA D... EMBAJADAS

Última revisión
01/01/2017

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - CONTRIBUYENTES. RESIDENCIA - RESIDENCIA HABITUAL EN ESPAÑA: NACIONALES EXTRANJEROS Y EMBAJADAS

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017


Materia

134663 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - CONTRIBUYENTES. RESIDENCIA

Pregunta

Tratamiento en el IRPF de las retribuciones satisfechas por las misiones diplomáticas u oficinas consulares extranjeras a los trabajadores contratados en España.

Respuesta

Dichas retribuciones deben calificarse como rendimientos del trabajo, y generalmente están exentas en el país receptor (en este caso España), salvo que el perceptor de las retribuciones forme parte del personal administrativo, técnico o de servicios, y tenga la nacionalidad española o fuese residente permanente en España con anterioridad a su contratación.

Normativa/Doctrina

Artículo 9 .2 y 17 Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006.

INFORME D.G.T. 8.2.2000.



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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