Última revisión
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - CONTRIBUYENTES. RESIDENCIA - RESIDENCIA HABITUAL EN ESPAÑA: NACIONALES EXTRANJEROS Y EMBAJADAS
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
134663 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - CONTRIBUYENTES. RESIDENCIA
Pregunta
Tratamiento en el IRPF de las retribuciones satisfechas por las misiones diplomáticas u oficinas consulares extranjeras a los trabajadores contratados en España.
Respuesta
Dichas retribuciones deben calificarse como rendimientos del trabajo, y generalmente están exentas en el país receptor (en este caso España), salvo que el perceptor de las retribuciones forme parte del personal administrativo, técnico o de servicios, y tenga la nacionalidad española o fuese residente permanente en España con anterioridad a su contratación.
Normativa/Doctrina
Artículo 9 .2 y 17
INFORME D.G.T. 8.2.2000.
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria
LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS
Curso práctico interactivo sobre Derecho de la extranjería y de la nacionalidad
25.50€
24.23€