Última revisión
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - CONTRIBUYENTES. RESIDENCIA - UNIDAD FAMILIAR: CESIÓN DE RENDIMIENTOS A UNA COMUNIDAD AUTÓNOMA
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
134670 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - CONTRIBUYENTES. RESIDENCIA
Pregunta
¿Dónde se considera producido el rendimiento del IRPF que corresponda a contribuyentes integrados en una unidad familiar, si tienen residencia habitual en comunidades autónomas distintas?
Respuesta
Si optan por tributación individual, el rendimiento que se cede se considera producido en el territorio de la Comunidad Autónoma donde cada integrante de la unidad familiar tenga su residencia habitual.
Si optan por tributación conjunta, y los miembros de la unidad familiar tuvieran su residencia habitual en Comunidades distintas el rendimiento que se cede se entenderá producido en el territorio de la comunidad autónoma donde tenga su residencia habitual el miembro de la unidad familiar con mayor base liquidable, de acuerdo con las reglas de individualización del impuesto.
Normativa/Doctrina
Artículo
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria
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