IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES... COLECTIVA

Última revisión
01/01/2017

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, LEY 27/2014 - REG ESPECIALES - INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA - TRIBUTACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017


Materia

136605 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, LEY 27/2014 - REGÍMENES ESPECIALES - INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA

Pregunta

¿Cómo delimita el régimen especial de las instituciones de inversión colectiva la tributación de las que cumplen las condiciones para poder acogerse a él?

Respuesta

Las instituciones de inversión colectiva reguladas en la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva con excepción de las sometidas al tipo general de gravamen, no tendrán derecho a la exención prevista en el artículo 21 de la LIS ni a las deducciones para evitar la doble imposición internacional previstas en los artículos 31 y 32 de la misma.

Normativa/Doctrina

Artículo 52 Ley 27/2014, de 27 de noviembre de 2014.



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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