Última revisión
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - BASE IMPONIBLE - IMPUTACIÓN TEMPORAL - INDEMNIZACIONES RECONOCIDAS JUDICIALMENTE
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
131910 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - BASE IMPONIBLE - IMPUTACIÓN TEMPORAL
Pregunta
¿Las indemnizaciones reconocidas judicialmente pueden considerarse una operación a plazos y aplicar el criterio de caja contenido en el artículo 19.4 TRLIS?
Respuesta
De acuerdo con la Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de Marzo de 2012 (STS 2277/2012, nº de recurso 16/2009), la referencia a las ventas y ejecuciones de obra recogida en el artículo
Esta Sentencia del Tribunal Supremo corresponde a un recurso de casación para unificación de doctrina y el fallo se refiere a la interpretación del artículo
Por tanto, concluimos que las indemnizaciones reconocidas judicialmente pueden considerarse una operación a plazos y pueden aplicar el criterio de caja contenido en el artículo
Normativa/Doctrina
Artículo
Informe DGT, de 04 de marzo de 2013.
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria
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