IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - BASE IMPONIBLE - PROVISIONES - ACTUACIONES MEDIOAMBIENTALES
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IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - BASE IMPONIBLE - PROVISIONES - ACTUACIONES MEDIOAMBIENTALES

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017

Origen: AEAT (Informa)

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Materia

124415 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - BASE IMPONIBLE - PROVISIONES

Pregunta

¿Son deducibles los gastos correspondientes a actuaciones medioambientales?

Respuesta

Los gastos correspondientes a actuaciones medioambientales serán deducibles cuando se correspondan a un plan formulado por el sujeto pasivo y aceptado por la Administración tributaria.

De lo que se deduce que sólo aquellas provisiones por actuaciones medioambientales para las cuales se haya formulado por el sujeto pasivo y aceptado por la Administración tributaria un plan especial, en los términos señalados en el citado artículo 10 del RIS, podrán ser deducibles fiscalmente.

Normativa/Doctrina

Artículo 13 TRLIS Real Decreto Legislativo 4/2004, de 05 de marzo de 2004.

Artículo 10 RIS Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio de 2004.

Disposición adicional 8 Ley 16/2007, de 04 de julio de 2007.

Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1544 - 09, de 26 de junio de 2009



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria