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IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - COOPERATIVAS - COOPERATIVAS AGRARIAS - AGRARIAS: OBLIGACIONES DE DOCUMENTACIÓN
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
130671 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - COOPERATIVAS - COOPERATIVAS AGRARIAS
Pregunta
¿Las cooperativas agrarias quedan sometidas a las obligaciones documentales establecidas en el artículo
Respuesta
El artículo 1 de la Ley 20/1990 establece lo siguiente:
1. La presente Ley tiene por objeto regular el régimen fiscal de las Sociedades Cooperativas en consideración a su función social, actividades y características.
2. Lo dispuesto en esta Ley se entiende sin perjuicio de los regímenes tributarios forales vigentes de los Territorios Históricos del País Vasco y de Navarra.
3. En lo no previsto expresamente por esta Ley se aplicarán las normas tributarias generales.
Atendiendo al sistema de fuentes establecido en dicho precepto, resultarán de aplicación, en primer lugar las disposiciones contenidas en la Ley 20/1990 y supletoriamente, lo dispuesto en el
Dado que las cooperativas agrarias deben valorar, tanto las operaciones realizadas con socios como las que los socios realicen en favor de dichas cooperativas, por el valor por el que efectivamente se hubieran llevado a cabo o por su coste, si éste fuera inferior, en virtud del principio de especialidad, con arreglo al cual la norma especial prevalece frente a la general, resultará de aplicación lo dispuesto en el artículo
Por tanto, la valoración, a efectos del Impuesto sobre Sociedades, de las operaciones realizadas entre las cooperativas agrarias y sus socios debe realizarse con arreglo a la regla especial de valoración recogida en el artículo 15.3 de la Ley 20/1990.
En definitiva, dado que dichas operaciones deben valorarse al precio pactado entre las partes, o a precio de coste si fuese inferior, y por no por su valor normal de mercado, no resultarán de aplicación las obligaciones de documentación previstas en el artículo
Normativa/Doctrina
Artículo
Artículo
Artículo
Consulta de la D.G.T. 1970 - 10, de 10 de septiembre de 2010
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria