IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - DEDUCCIONES PARA INCENTIVAR DETERMIN...INVERSION HASTA 2010
Prácticos
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES...HASTA 2010

Última revisión
01/01/2017

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - DEDUCCIONES PARA INCENTIVAR DETERMINADAS ACTIVIDADES - ART. 39: INVERSIONES MEDIOAMBIENTALES - ART. 39: APROVECHAMIENTO ENERGÍAS RENOVABLES:INVERSION HASTA 2010

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min

Relacionados:

Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017

Origen: AEAT (Informa)


Materia

124625 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - DEDUCCIONES PARA INCENTIVAR DETERMINADAS ACTIVIDADES - ART. 39: INVERSIONES MEDIOAMBIENTALES

Pregunta

¿Qué inversiones de las realizadas en bienes de activo material nuevo, destinadas al aprovechamiento de fuentes de energías renovables, dan derecho a la deducción por inversiones medioambientales, en los períodos impositivos iniciados a partir del 1.1.2008?

Respuesta

Podrá deducirse de la cuota íntegra el 6% (4% para los períodos iniciados a partir de 1.1.2009 y 2% para los períodos impositivos iniciados a partir de 1.1.2010) de las inversiones realizadas en bienes de activo material nuevos destinadas al aprovechamiento de fuentes de energías renovables consistentes en instalaciones y equipos con cualquiera de las finalidades que se citan a continuación:

a) Aprovechamiento de la energía proveniente del sol para su transformación en calor o electricidad.

b) Aprovechamiento, como combustible, de residuos sólidos urbanos o de biomasa procedente de residuos de industrias agrícolas y forestales, de residuos agrícolas y forestales y de cultivos energéticos para su transformación en calor o electricidad.

c) Tratramiento de residuos biodegradables procedentes de explotaciones ganaderas, de estaciones depuradoras de aguas residuales, de efluentes industriales o de residuos sólidos urbanos para su transformación en biogás.

d) Tratamiento de productos agrícolas, forestales o aceites usados para su transformación en biocarburantes (bioetanol o biodiésel).

La parte de la inversión financiada con subvenciones no dará derecho a deducción.

Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1.1.2011, queda derogada esta deducción.

Normativa/Doctrina

Artículo 39 TRLIS Real Decreto Legislativo 4/2004, de 05 de marzo de 2004.

Disposición adicional décima TRLIS Real Decreto Legislativo 4/2004, de 05 de marzo de 2004.

Disposición derogatoria segunda Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006.

Artículo 33 RIS Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio de 2004.



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

La política regional y la política de cohesión en el ámbito del derecho de la Unión Europea
Novedad

La política regional y la política de cohesión en el ámbito del derecho de la Unión Europea

Carlos Francisco Molina del Pozo

17.00€

16.15€

+ Información

Preguntas y casos acerca del Impuesto sobre sociedades para la campaña 2022
Disponible

Preguntas y casos acerca del Impuesto sobre sociedades para la campaña 2022

Dpto. Documentación Iberley

17.00€

16.15€

+ Información

Aspectos jurídicos de la política comercial común en la Unión Europea
Disponible

Aspectos jurídicos de la política comercial común en la Unión Europea

Carlos Francisco Molina del Pozo

12.75€

12.11€

+ Información

Derecho medioambiental. Paso a paso
Disponible

Derecho medioambiental. Paso a paso

V.V.A.A

12.70€

12.06€

+ Información

La Reserva para Inversiones en Canarias
Disponible

La Reserva para Inversiones en Canarias

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información