Última revisión
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - DEDUCCIONES PARA INCENTIVAR DETERMINADAS ACTIVIDADES - ART. 40: GASTOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL - ART. 40: PERIFÉRICOS PARA TRABAJAR EN INTERNET
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
128622 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - DEDUCCIONES PARA INCENTIVAR DETERMINADAS ACTIVIDADES - ART. 40: GASTOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
Pregunta
¿Es aplicable la deducción por gastos de formación profesional si se entregan a los empleados periféricos o elementos útiles para trabajar en Internet?
Respuesta
Los periféricos o elementos útiles para trabajar en Internet, como: grabadoras, impresoras, scanner, cámara de fotos digital y cámara de vídeoconferencias, no pueden formar parte de la base de la deducción por cuanto que la LIS la limita a los equipos, terminales, software y periféricos asociados que sean necesarios para acceder a internet, esto es, estrictamente aquellos elementos sin cuyo concurso resulta imposible dicho acceso, lo cual excluye aquellos otros elementos que se utilizan para un mejor aprovechamiento de la red pero que no resultan necesarios para acceder a la misma.
Normativa/Doctrina
Artículo
Consulta de la D.G.T. 0342 - 02, de 06 de marzo de 2002
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria