Última revisión
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - PAGOS A CUENTA - PAGOS FRACCIONADOS - MODELOS DE DECLARACIÓN
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
124811 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - PAGOS A CUENTA - PAGOS FRACCIONADOS
Pregunta
¿Cuál es el modelo que debe utilizarse para efectuar los pagos fraccionados?
Respuesta
El modelo 202 será de uso obligatorio para efectuar los pagos fraccionados previstos en la Ley del Impuesto, así como respecto de cada año natural, en las disposiciones al efecto contenidas en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.
No obstante lo anterior, el modelo 202 no podrá ser utilizados por los grupos fiscales, incluidos los de cooperativas, que tributen por el régimen fiscal especial establecido en el capítulo VII del título VII de la LIS y en el Real Decreto 1345/1992, de 6 de noviembre, por el que se dictan normas para la adaptación de las disposiciones que regulan la tributación sobre el beneficio consolidado a los grupos de sociedades cooperativas, respectivamente, los cuales habrán de utilizar, en todo caso, el modelo 222.
Normativa/Doctrina
Artículo 1 Orden EHA/19664/2010, de 11 de marzo de 2010
Artículo 1 Orden EHA/1721/2011, de 16 de junio de 2011
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria