IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - REG ESPECIALES - AGRUPACIONES DE INT...CIÓN UTE NO INSCRITA
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IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES...O INSCRITA

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IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - REG ESPECIALES - AGRUPACIONES DE INTERÉS E. Y UNIONES T. DE EMPRESAS - TRIBUTACIÓN UTE NO INSCRITA

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017

Origen: AEAT (Informa)

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Materia

132738 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - REGÍMENES ESPECIALES - AGRUPACIONES DE INTERÉS E. Y UNIONES T. DE EMPRESAS

Pregunta

Tratamiento tributario de una Unión temporal de Empresas constituida según la Ley 18/1982, no inscrita en el Registro Especial del Ministerio de Economía y Hacienda.

Respuesta

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del TRLIS, son sujetos pasivos del impuesto cuando tengan su residencia en territorio español las uniones temporales de empresas, reguladas en la Ley 18/1982, de 26 de mayo, sobre régimen fiscal de las agrupaciones y uniones temporales de empresas y de las sociedades de desarrollo industrial regional.

A su vez, el artículo 50.1 del TRLIS establece que:

Las uniones temporales de empresas reguladas en la Ley 18/1982, de 26 de mayo, sobre régimen fiscal de agrupaciones y uniones temporales de empresas y sociedades de desarrollo industrial regional, e inscritas en el registro especial del Ministerio de Hacienda, así como sus empresas miembros, tributarán con arreglo a lo establecido en el artículo 48 de esta ley. (...)

De acuerdo con lo anterior, no resultará de aplicación el régimen especial de imputación previsto en el artículo 48 del TRLIS al no figurar inscrita la UTE en el registro especial administrativo llevado al efecto en el Ministerio de Economía y Hacienda.

Por tanto, siempre y cuando cumpla los requisitos previstos en la Ley 18/1982 para poder ser calificada como U.T.E. será sujeto pasivo del Impuesto y tributará con arreglo al régimen general, determinándose su base imponible con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10 del TRLIS, sin que proceda la imputación de esta última a los socios.

Normativa/Doctrina

Artículo 7 y 50 TRLIS Real Decreto Legislativo 4/2004, de 05 de marzo de 2004.

Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2377 - 08, de 16 de diciembre de 2008



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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