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IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - SUJETO PASIVO Y DOMICILIO FISCAL - EXENCIONES (ART. 9) - SUJETOS PASIVOS TOTALMENTE EXENTOS
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Temas
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
124104 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - SUJETO PASIVO Y DOMICILIO FISCAL - EXENCIONES (ART. 9)
Pregunta
¿Cuáles son los sujetos pasivos totalmente exentos del Impuesto sobre Sociedades?
Respuesta
- El Estado, las comunidades autónomas y las entidades locales.
- Los organismos autónomos del Estado y entidades de derecho público de análogo carácter de las comunidades autónomas y de las entidades locales.
- El Banco de España, los Fondos de garantía de depósitos y los Fondos de garantía de inversiones.
- Las entidades públicas encargadas de la gestión de la Seguridad Social.
- El Instituto de España y las Reales Academias oficiales integradas en aquél y las instituciones de las comunidades autónomas con lengua oficial propia que tengan fines análogos a los de la Real Academia Española.
- Los restantes organismos públicos mencionados en las disposiciones adicionales novena y décima, apartado 1, de la ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, así como las entidades de derecho público de análogo carácter de las comunidades autónomas y de las entidades locales.
Normativa/Doctrina
Artículo 9 TRLIS Real Decreto Legislativo 4/2004, de 05 de Marzo de 2004.
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria