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IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - DEDUCCIÓN DE CUOTAS SOPORTADAS - BIENES DE INVERSIÓN - VEHÍCULOS: CONCEPTO DE VEHÍCULO MIXTO
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
107613 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - DEDUCCIÓN DE CUOTAS SOPORTADAS - BIENES DE INVERSIÓN
Pregunta
¿Cuál es el concepto de vehículo mixto a efectos de la deducción de cuotas?
Respuesta
Son automóviles especialmente dispuestos para el transporte, simultáneo o no, de mercancías y personas hasta un máximo de nueve incluido el conductor, y en los que se pueda sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos.
A estos efectos, por transporte de mercancías debe entenderse el transporte de bienes objeto de comercio, es decir, de genero vendible, cualquier cosa mueble que se hace objeto de trato o venta, cosas adquiridas por la empresa y destinadas a la venta sin transformación.
Normativa/Doctrina
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria