IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - DEVENGO - ENTREGAS DE BIENES / PRESTACIONES DE... - ESCRITURA PÚBLICA
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IMPUESTO SOBRE EL VALOR A...RA PÚBLICA

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IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - DEVENGO - ENTREGAS DE BIENES / PRESTACIONES DE SERVICIOS - ESCRITURA PÚBLICA

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017

Origen: AEAT (Informa)

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Materia

107056 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - DEVENGO - ENTREGAS DE BIENES / PRESTACIONES DE SERVICIOS

Pregunta

¿Cuándo se entiende producido el devengo del impuesto en el caso de que exista otorgamiento de escritura pública?.

Respuesta

El devengo de las entregas de bienes se produce, como regla general, en el momento de la puesta a disposición del adquirente de los bienes objeto de la entrega.

Si se hubiese otorgado escritura pública, la puesta a disposición se entiende realizada, por disposición legal, en el momento de su otorgamiento. No obstante, si de la escritura se dedujese claramente un momento posterior para la puesta a disposición del bien entregado, el devengo se producirá en el momento en que efectivamente tenga lugar dicha puesta a disposición del adquirente.

Normativa/Doctrina

Artículo 75 Uno.1º Ley 37/1992, de 28 de diciembre de 1992.

Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1577 - 06, de 21 de julio de 2006



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria