Última revisión
EDUCACIÓN - CURSOS PARA EL MANEJO Y PILOTAJE DE DRONES
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 14/01/2020
Origen: AEAT (Informa)
Materia
142103 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - EXENCIONES EN OPERACIONES INTERIORES - EDUCACIÓN
Pregunta
Cursos básicos y avanzados para el manejo y pilotaje de vehículos autónomos no tripulados o drones. Exención.
Respuesta
Los cursos para la obtención del título de piloto de drones que esté destinado a ser utilizado en el ejercicio de actividades profesionales quedará sujeta y exenta del IVA, por tener la consideración de formación profesional.
Por el contrario, la obtención de dicho título para satisfacer necesidades personales o de recreo no quedará amparada bajo la exención y estará gravada al tipo impositivo general del 21%.
Normativa/Doctrina
Artículo 20 .uno.9º Ley 37/1992, de 28 de diciembre de 1992.
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2682 - 19, de 01 de octubre de 2019
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria