Última revisión
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - EXENCIONES EN ADQUISICIONES INTRACOMUNITARIAS - OPERACIÓN TRIANGULAR
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
106956 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - EXENCIONES EN ADQUISICIONES INTRACOMUNITARIAS
Pregunta
Un empresario francés compra una mercancía en Italia y pide que le sea enviada a un cliente suyo en España. ¿Cómo tributa esta operación?.
Respuesta
1) entrega al empresario francés por el empresario italiano: entrega intracomunitaria exenta en Italia (transporte a España y adquirente francés identificado en un Estado miembro distinto de Italia).
2) adquisición intracomunitaria sujeta y exenta en España: por esta operación el empresario francés, no establecido, no tiene que identificarse.
3) entrega interior, sujeta en España, del empresario francés al cliente español: se producirá la inversión del sujeto pasivo si el cliente es un empresario o profesional o una persona jurídica que no actúe como tal, a quien no afecte ningún criterio de no sujeción.
Normativa/Doctrina
Artículo
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0437 - 09, de 04 de marzo de 2009
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria