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IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - EXENCIONES EN EXPORTACIONES Y ENTREGAS INTRACOMUNITARIAS - EXENCIONES EN EXPORTACIONES - RÉGIMEN DE VIAJEROS: ENTREGAS DE NEUMÁTICOS
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
106908 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - EXENCIONES EN EXPORTACIONES Y ENTREGAS INTRACOMUNITARIAS - EXENCIONES EN EXPORTACIONES
Pregunta
Un residente en Ceuta cambia las ruedas de su vehículo de turismo en el territorio español de aplicación del impuesto ¿es aplicable la exención prevista para las entregas de bienes a viajeros cuya residencia está fuera del territorio de la Comunidad?
Respuesta
No. De la exención del IVA en las entregas de bienes en régimen de viajeros se excluyen las entregas de bienes destinados al equipamiento (ej. neumáticos, combustible) o avituallamiento de cualquier medio de transporte de uso privado.
Esta exclusión alcanza tanto a las entregas de dichos bienes a viajeros como a las entregas de los mismos efectuadas en tiendas libres de impuestos.
Normativa/Doctrina
Artículo 15 .2 Directiva 388/1977/CEE Consejo, de 17 de Mayo de 1977.
Artículo
Artículo
Consulta de la D.G.T. 0455 - 01, de 02 de marzo de 2001
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria