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IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - EXENCIONES EN OPERACIONES INTERIORES - EDUCACIÓN - ENSEÑANZA: AUTOESCUELAS
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Materia
106723 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - EXENCIONES EN OPERACIONES INTERIORES - EDUCACIÓN
Pregunta
¿Qué enseñanzas prestadas por las autoescuelas están exentas del Impuesto?
Respuesta
Están exentos los servicios de enseñanza, prestados por las autoescuelas, que tengan carácter de formación o reciclaje profesional, en tanto sirvan para la obtención de una autorización administrativa con la que el alumno pueda ejercer determinadas actividades profesionales. Se incluyen en esta exención los permisos de conducción de las clases C1, C1+E, C+E, C, D1, D1+E, D, D+E, los certificados para conducir vehículos de transporte escolar, transporte público de viajeros y vehículos prioritarios que utilicen aparatos emisores de luces o señales acústicas especiales así como la licencia para conducir vehículos agrícolas autopropulsados.
Normativa/Doctrina
Artículo 20 Uno.9º Ley 37/1992, de 28 de diciembre de 1992.
Consulta de la D.G.T. 1566 - 02, de 15 de octubre de 2002

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria