IMPUESTO SOBRE EL VALOR A...DE GESTIÓN

Última revisión
01/01/2017

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS PASIVOS - FACTURAS DESDE 1-1-2013 - AUTENTICIDAD E INTEGRIDAD: CONTROL DE GESTIÓN

Tiempo de lectura: 2 min

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017


Materia

134268 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS PASIVOS - FACTURAS DESDE 1-1-2013

Pregunta

¿En qué consiste el control de gestión de la actividad que puede utilizar un empresario o profesional para garantizar la autenticidad del origen y la integridad del contenido de la factura?

Respuesta

Se trata de un proceso por el cual un sujeto pasivo ha creado, aplicado y mantenido al día un nivel razonable de garantía de la identidad del proveedor de los bienes o del prestador de los servicios o del emisor de la factura (autenticidad del origen) y del hecho de que el contenido relativo al IVA no ha sido modificado (integridad del contenido).

El control de gestión debe adecuarse al tamaño, la actividad y el tipo de sujeto pasivo. Debe tener en cuenta el número y el valor de las operaciones, así como el número y el tipo de proveedores de bienes o prestadores de servicios y destinatarios, y otros factores, cuando proceda.

Un ejemplo de control de gestión es la verificación de la correspondencia de los justificantes. La importancia concedida a los justificantes estará en función de factores como, por ejemplo, el grado de independencia del emisor de los mismos con respecto al sujeto pasivo y la importancia atribuida a dichos documentos en el proceso contable. La factura se considera un documento que forma parte del proceso de gestión y contable y no un documento independiente.


Para verificar la correspondencia de la factura, en el caso del proveedor de los bienes o el prestador de los servicios, podría hacerse con una orden de compra, los documentos de transporte y la recepción del pago. En el caso del destinatario, podría verificarse con la orden de compra autorizada (aviso de confirmación de compra), el albarán de entrega, la notificación de pago y de envío.

Normativa/Doctrina

Artículo 8 Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre de 2012.

Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0861 - 14, de 28 de marzo de 2014



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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