Última revisión
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS PASIVOS - SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII) - APLICACIÓN: OPCIÓN
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
139048 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS PASIVOS - SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII)
Pregunta
¿Cómo acogerse al SII de forma voluntaria?
Respuesta
La opción se deberá ejercer durante el mes de noviembre anterior al inicio del año natural en que deba surtir efecto mediante la presentación de la correspondiente declaración censal (modelo 036) o al tiempo de presentar la declaración de comienzo de actividad surtiendo efecto, en este caso, en el año natural en curso.
La opción se entenderá prorrogada para los años siguientes en tanto no se produzca la renuncia a la misma, debiendo cumplir con las obligaciones del SII al menos el año en que se opte.
Normativa/Doctrina
Artículo
Artículo primero.once
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria