IMPUESTO SOBRE EL VALOR A...TRACOMUNIT

Última revisión
01/01/2017

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS PASIVOS - SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII) - PLAZO REMISIÓN REGISTROS: DETERMINADAS OPERACIONES INTRACOMUNIT

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017


Materia

139059 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS PASIVOS - SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII)

Pregunta

¿Cuándo hay que enviar a la AEAT los registros de las operaciones incluidas en el Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias?

Respuesta

En el plazo de cuatro días naturales desde el momento de inicio de la expedición o transporte, o en su caso, desde el momento de la recepción de los bienes.

Se excluyen del cómputo los sábados, domingos y los festivos nacionales.

Normativa/Doctrina

Artículo 69 bis Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre de 1992.

Artículo primero. doce Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre de 2016.

Artículos 4 y 8 Orden HFP/417/2017 de 12 de mayo de 2017.



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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