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IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - RÉGIMEN ESPECIAL DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA - APLICACIÓN: SUJETOS PASIVOS EXCLUÍDOS HASTA 31.12.2015
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107965 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - RÉGIMEN ESPECIAL DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Pregunta
¿Qué sujetos quedan excluidos del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca?
Respuesta
Quedan excluidos:
- Las sociedades mercantiles.
- Las sociedades cooperativas y las agrarias de transformación.
- Los sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones relativas a este régimen durante el año inmediatamente anterior exceda de 300.000 euros.
- Los sujetos pasivos cuyo volumen total de operaciones durante el año anterior exceda de 450.000 euros.
- Los que hayan realizado el año anterior adquisiciones por importe superior a 300.000 euros.
- Los que hayan renunciado a la aplicación del régimen simplificado del IVA para cualquier actividad.
- Los que hayan renunciado a la aplicación de la estimación objetiva en IRPF para cualquier actividad (salvo para 1998 y 1999).
Quienes queden excluidos por las causas 3, 4 ó 5 y no superen el límite en años sucesivos tributaran en el R.E.A.G.P. al año siguiente salvo renuncia.
Normativa/Doctrina
Artículo 124 Ley 37/1992, de 28 de Diciembre de 1992.
Artículo 43 Real Decreto 1624/1992, de 29 de Diciembre de 1992.
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria