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IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - SUJETOS PASIVOS - RESPONSABLES DEL IMPUESTO - RESPONSABLE SUBSIDIARIO EN IMPORTACIONES
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107170 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - SUJETOS PASIVOS - RESPONSABLES DEL IMPUESTO
Pregunta
¿Quiénes responden subsidiariamente de la deuda tributaria?
Respuesta
Son responsables subsidiarios del pago del impuesto los agentes de aduanas que actúen en nombre y por cuenta de sus comitentes. Esta responsabilidad no alcanza a las deudas tributarias que se pongan de manifiesto como consecuencia de actuaciones practicadas fuera de los recintos aduaneros.
No se aplica este supuesto de responsabilidad cuando el agente haya hecho efectivo el pago de la deuda tributaria correspondiente a la importación, por cuenta del importador que tenga derecho a la deducción total del impuesto y éste no haya reembolsado su importe en el plazo de un año.
Normativa/Doctrina
Artículo 87 Ley 37/1992, de 28 de Diciembre de 1992.
Disposición adicional Única Ley 9/1998, de 21 de Abril de 1998.

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria