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IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - TIPOS HASTA 31.8.2012 - VIVIENDA - RDL 9/2011.ENTREGA: ANTICIPOS DESDE EL 20/8/2011 HASTA 31/12/2012
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Materia
131705 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - TIPOS HASTA 31.8.2012 - VIVIENDA
Pregunta
Tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2011, ¿qué tipo impositivo es aplicable a los pagos anticipados realizados entre el 20 de agosto de 2011 y el 31 de diciembre de 2012 correspondientes a la entrega de una vivienda cuya puesta a disposición se producirá con posterioridad al 31 de diciembre de 2012?
Respuesta
El 4%. Teniendo en cuenta que el tipo aplicable es el vigente en el momento del devengo y que en el caso de los pagos anticipados el impuesto se devenga en el momento del cobro total o parcial del precio por los importes efectivamente percibidos, tales anticipos tributarán al tipo impositivo del 4% con independencia de que la entrega de la vivienda se produzca con posterioridad al 31 de diciembre de 2012, sin que deban ser objeto de rectificación.
Normativa/Doctrina
Artículo 75 Dos, 90.Uno.1.7º y 90.Dos Ley 37/1992, de 28 de diciembre de 1992.
Disposición transitoria Cuarta Real Decreto Ley 9/2011, de 19 de agosto de 2011.
Disposición final Quinta Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre de 2011.
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2212 - 11, de 23 de septiembre de 2011
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2296 - 11, de 28 de septiembre de 2011

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria