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IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - TIPOS DESDE 1.9.2012 - VIVIENDA - ENTREGA: VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL: PAGOS ANTICIPADOS
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Materia
132609 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - TIPOS DESDE 1.9.2012 - VIVIENDA
Pregunta
Se efectúan pagos anticipados por compra de una vivienda de protección oficial. En el momento de formalizarse la escritura se efectuara el resto del pago. ¿Cuál es el tipo impositivo aplicable?
Respuesta
El tipo impositivo aplicable es el vigente en el momento del devengo del impuesto. Tratándose de viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública, se aplica el tipo del 4%. En cuanto a los pagos anticipados efectuados en años anteriores, el tipo impositivo aplicable a los mismos es el vigente en el momento de cada pago parcial del precio de la vivienda.
Normativa/Doctrina
Artículo 75 Dos Ley 37/1992, de 28 de Diciembre de 1992.
Artículo 91 Dos.1.6 Ley 37/1992, de 28 de Diciembre de 1992.

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria