LA MANCHA 2017 - DEDUCCIÓ...DE IDIOMAS

Última revisión
17/04/2018

LA MANCHA 2017 - DEDUCCIÓN IRPF ADQUISICIÓN LIBROS DE TEXTO Y ENSEÑANZA DE IDIOMAS

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 17/04/2018


Materia

139672 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - CASTILLA-LA MANCHA 2017

Pregunta

¿En qué consiste la deducción autonómica por adquisición de libros de texto y por la enseñanza de idiomas?

Respuesta

Los contribuyentes residentes en Castilla-La Mancha podrán deducirse los siguientes gastos originados por los hijos o descendientes que les den derecho al mínimo por descendientes:

a) Las cantidades destinadas a la adquisición de libros de texto editados para educación primaria y educación secundaria obligatoria.

b) El 15 por 100 de las cantidades satisfechas por la enseñanza de idiomas recibida por los hijos o descendientes como actividad extraescolar durante las etapas correspondientes a la educación primaria y la educación secundaria obligatoria.

La cantidad total a deducir no puede exceder de los límites que se indican a continuación:

1) En declaraciones individuales:

Base imponible - Mínimo descendientes

Límite por hijo

Hasta 6.500 euros

50 euros por hijo

Entre 6.500,01 y 10.000 euros

37,50 euros por hijo

Entre 10.000,01 y 12.500 euros

25 euros por hijo

No obstante, los contribuyentes que tengan la condición de familia numerosa deducirán una cuantía fija de 75 euros por cada hijo, siempre que la base imponible menos el mínimo por descendientes no exceda de 30.000 euros.

2) En declaraciones conjuntas:

Base imponible - Mínimo descendientes

Límite por hijo

Hasta 12.000 euros

100 euros por hijo

Entre 12.000,01 y 20.000 euros

50 euros por hijo

Entre 20.000,01 y 25.000 euros

37,50 euros por hijo

No obstante, los contribuyentes que tengan la condición de familia numerosa deducirán una cuantía fija de 150 euros por cada hijo, siempre que la base imponible menos el mínimo por descendientes no exceda de 40.000 euros.

El importe total de la deducción resultante deberá minorarse en las becas y ayudas percibidas en el año de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha o de cualquier otra Administración Pública que cubran la totalidad o parte de los gastos.

Normativa/Doctrina

Artículo 3 de la Ley 8/2013, de 21 de noviembre, de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha.



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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