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MÓDULOS RENTA-IVA - IVA. RÉGIMEN SIMPLIFICADO - ANEXO I: ACTIVIDADES INCLUIDAS. ACCESORIEDAD - ACTIVIDAD ACCESORIA A GANADERÍA
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
125496 - MÓDULOS RENTA-IVA - IVA. RÉGIMEN SIMPLIFICADO - ANEXO I: ACTIVIDADES INCLUIDAS. ACCESORIEDAD
Pregunta
Teniendo en cuenta que la ganadería independiente tributa en régimen simplificado, la actividad accesoria a la ganadería independiente ¿tributa en régimen simplificado o en régimen especial de agricultura, ganadería y pesca?
Respuesta
La actividad accesoria a la ganadería independiente tributa en el régimen simplificado y le es de aplicación un módulo propio, con índice de cuota del 0,10 o del 0,21 en función del tipo de actividad accesoria desarrollada.
La actividad accesoria únicamente tributa en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca cuando la actividad principal tribute también en este régimen.
Normativa/Doctrina
Artículo
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria