Última revisión
PRESENTACION DE MERCANCIAS - 03. LUGARES DE DEPÓSITO TEMPORAL DE MERCANCÍAS
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 11/04/2019
Origen: AEAT (Informa)
Materia
141281 - PRESENTACION DE MERCANCIAS - PRESENTACION DE MERCANCIAS
Pregunta
¿Cuáles son los lugares de depósito temporal de mercancías?
Respuesta
Las mercancías que se encuentren en depósito temporal se almacenarán únicamente en almacenes de depósito temporal de conformidad con el artículo 148 o, en casos justificados, en los lugares aprobados para la presentación y depósito temporal de mercancías previstos en el artículo 115 del Reglamento Delegado.
En el caso de utilizar estos lugares aprobados, las mercancías deberán declararse para un régimen aduanero o para la reexportación dentro de los 3 días siguientes a la presentación (ó 6 en caso de destinatario autorizado de tránsito
Normativa/Doctrina
Reglamento UE nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 9 de octubre de 2013 por el que se establece el CAU(refundición) Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión, de 28 de julio de 2015 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas de desarrollo relativas a determinadas disposiciones del CAU
Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2015 por el que se establecen normas de desarrollo de determinadas disposiciones del Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el CAU
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria
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