Última revisión
REFERENCIAS NO ASOCIADAS A SUBCAPITULOS - 24. ALBARANES DE CIRCULACIÓN
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 04/08/2022
Materia
145283 - IMPUESTOS ESPECIALES (II.EE.) DE FABRICACIÓN - CONCEPTOS Y DEFINICIONES - REFERENCIAS NO ASOCIADAS A SUBCAPITULOS
Pregunta
¿Qué son los albaranes de circulación? ¿Están sujetos a modelo?
Respuesta
Son los documentos que han de amparar la circulación y tenencia, con fines comerciales, de productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación, cuando no sea exigible la expedición de documentos administrativos electrónicos o documentos simplificados de acompañamiento, ni proceda la utilización de un documento aduanero.
Es decir, básicamente y sin perjuicio de algunas excepciones establecidas reglamentariamente, cuando se trate de productos por los que se haya devengado el impuesto y no haya sido aplicado ningún supuesto de exención o un tipo impositivo reducido.
No están sujetos a modelo pero:
- Deberán constar, al menos, de original y matriz.
- Deberán contener obligatoriamente una serie de datos.
- Deberán ser numerados secuencialmente por años naturales.
- Deberán ser firmados por el expedidor salvo que la oficina gestora haya autorizado la dispensa de firma.
Normativa/Doctrina
Artículo 1.2 y 24 del Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por Real Decreto 1165/1995
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria