REFERENCIAS NO ASOCIADAS...NTO FISCAL

Última revisión
04/08/2022

REFERENCIAS NO ASOCIADAS A SUBCAPITULOS - 25. PERFECCIONAMIENTO FISCAL

Tiempo de lectura: 1 min

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Relacionados:

Orden: fiscal

Fecha última revisión: 04/08/2022

Origen: AEAT (Informa)


Materia

145284 - IMPUESTOS ESPECIALES (II.EE.) DE FABRICACIÓN - CONCEPTOS Y DEFINICIONES - REFERENCIAS NO ASOCIADAS A SUBCAPITULOS

Pregunta

¿Qué es el perfeccionamiento fiscal? ¿Cuál es su tratamiento fiscal desde el punto de vista de los Impuestos Especiales de Fabricación?

Respuesta

El perfeccionamiento fiscal consiste en la utilización de productos objeto de estos impuestos para fabricar productos que no sean objeto de los mismos (productos compensadores) y que estén destinados a ser exportados a terceros países o territorios terceros.

Los fabricantes de estos productos podrán solicitar, a la oficina gestora correspondiente al establecimiento donde se van a utilizar los productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación, autorización para recibirlos en régimen suspensivo.

Los productos recibidos en régimen suspensivo deberán utilizarse en la obtención de los productos compensadores en un período de seis meses a partir de la fecha de recepción y los productos compensadores obtenidos deberán exportarse en el plazo de un año, a partir de la fecha de su obtención.

Normativa/Doctrina

Artículo 7.1.b) de la Ley 38/1992, de Impuestos Especiales, y artículo 3 del Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por Real Decreto 1165/1995.



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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