Última revisión
SOLICITANTE - 05. NO RESIDENTE, REPRESENTANTE
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 16/06/2022
Materia
144993 - NÚMERO DE REGISTRO OPERADOR ECONÓMICO (EORI) - PROCEDIMIENTO DE OBTENCIÓN DEL EORI - SOLICITANTE
Pregunta
Una entidad radicada en París quiere operar en territorio nacional ¿Necesita EORI? Trámites a realizar
Respuesta
Sí. Se requiere EORI para poder realizar cualquier operación aduanera en la Unión. Este número será único y deberá obtenerse en el Estado miembro donde el operador esté establecido, (Francia en este caso)
En el caso de que el operador disponga de un EORI asignado por otro Estado Miembro, podrán comunicarlo a la autoridad aduanera española para proceder a la vinculación al NIF que dicho operador tuviera en España. Esta asociación se efectuará telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT (en el punto ADUANAS. Solicitud alta EORI, asociación EORI-NIF). Estas solicitudes serán tramitadas por la Dependencia Regional de Aduanas del domicilio fiscal del operador, quien les requerirá, en su caso, la aportación de cualquier documentación o información adicional que estime necesaria.
Normativa/Doctrina
Artículo 9 del Reglamento (UE) 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 9 de octubre de 2013 por el que se establece el
Artículos 3 y sg del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión de 28 de julio de 2015 por el que se completa el
Artículos 6 y sg Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 de la Comisión de 24 de noviembre de 2015 por el que se establecen normas de desarrollo de determinadas disposiciones del
Resolución de 28 de enero de 2010, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la AEAT, en la que se recoge el procedi- miento para la asignación del número de Registro e Identificación de Operadores Económicos (EORI)
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria