Última revisión
17/04/2023
Caso que analiza si los trabajadores individualmente considerados pueden impugnar la decisión extintiva colectiva dictada por el Juzgado de lo Mercantil
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 6 min
Orden: laboral
Fecha última revisión: 17/04/2023
El Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal regula la situación en el art. 541 del TRLC, en la que los trabajadores individualmente considerados no pueden impugnar la decisión colectiva mediante el recurso de suplicación. De acuerdo con artículo 64.8 de la Ley Concursal de 2003, el objeto del incidente concursal laboral es dilucidar las acciones que los trabajadores o el Fondo de Garantía Salarial ejerciten «contra» el auto. Se pueden impugnar el auto extintivo mediante dos formas: recurso de suplicación siguiendo el art. 551.2 del TRLC, o mediante acciones de los trabajadores frente al auto del juez del concurso.
PLANTEAMIENTO
Según el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal:
RESPUESTA
A pesar de las modificaciones normativas hemos de entender que los trabajadores individualmente considerados no pueden impugnar la decis...
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 2 practicos
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder