Dictamen de Consejo de Es...zo de 2007

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Dictamen de Consejo de Estado 127/2007 de 22 de marzo de 2007

Tiempo de lectura: 22 min

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Órgano: Consejo de Estado

Fecha: 22/03/2007

Num. Resolución: 127/2007


Cuestión

Expediente de responsabilidad patrimonial del Estado que se adjunta nº 97/05, tramitado a instancia de ...... , en nombre y representación de ...... , ...... , ...... y ...... .

Contestacion

TEXTO DEL DICTAMEN

La Comisión Permanente del Consejo de Estado, en sesión celebrada el día 15 de marzo de 2007, emitió, por unanimidad, el siguiente dictamen:

"En cumplimiento de la Orden de V.E. de 17 de enero de 2007, el Consejo de Estado ha examinado el expediente instruido para sustanciar la reclamación de daños y perjuicios formulada por ...... en nombre y representación de ...... , ...... , ...... y ...... .

De los antecedentes remitidos resulta:

Primero.- El 30 de junio de 2005 tuvo entrada en el Ministerio del Interior un escrito, en el que ...... , en nombre y representación de ...... y de sus hijos menores de edad ...... , ...... y ...... , instaba un procedimiento de responsabilidad patrimonial. Exponía que sobre las 16 horas del 2 de julio de 2004, ...... , economista, de 52 años de edad, esposo y padre de sus representados, había fallecido a consecuencia de dieciséis puñaladas que le había inferido ...... en la calle Pedro de Valdivia, de Madrid. Consideraba que se había producido una actuación defectuosa u omisión por parte del poder público, generadora de responsabilidad patrimonial. Relataba que el 26 de marzo de 2004 se había formulado ante la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid una denuncia por una trabajadora social contra ...... , por amenazas; que el 15 de junio de 2004 la Directora del Centro de Día y Comedor Social ...... de la calle Martínez Campos 18, de Madrid, había denunciado al mismo individuo ante el Juzgado de Guardia, por haber agredido a una trabajadora social del Centro, manifestando que era un indigente muy peligroso y que podía estar en posesión de algún arma; y que previamente los días 29 de septiembre y 6 de octubre de 2003 ...... y ...... , respectivamente, habían denunciado al mismo sujeto en Madrid, el primero por lesiones y amenazas de muerte y el segundo por insultos y amenazas. Agregaba que el propio ...... había presentado veinte denuncias ante los Juzgados de Instrucción de la Plaza de Castilla de Madrid, entre el 1 de septiembre de 2003 y el 18 de junio de 2004, en las que los denunciados eran personas tales como el Comedor ...... , un extranjero llamado ...... , el Secretario de la Subdelegación del Gobierno en Almería, ...... y su familia, la Guardia Civil de Adra, el Defensor del Pueblo, un Subinspector de la Policía Local, la delegación del INEM en El Ejido, UGT de Motril, el abogado designado para su defensa en unas diligencias previas, Telemadrid y El Mundo, y Citibank de La Moraleja. Los delitos objeto de sus denuncias eran diversos, como cohecho, injurias, amenazas de muerte, coacciones, detención ilegal, obstrucción a la justicia, omisión del deber de perseguir delitos, deslealtad profesional, inducción a la prostitución, infidelidad en la custodia de documentos, violación de secretos, prevaricación, tráfico de influencias, encubrimiento de homicidios, agresiones sexuales, falsedad documental, tentativas de homicidio, allanamiento de morada y robo. Añadía que el 6 de abril de 2004 el mismo ...... había denunciado en una Comisaría que un individuo le venía siguiendo y vigilando desde hacía seis meses. Afirmaba que, pese a todos estos antecedentes que denotaban la peligrosidad extrema del individuo y pese a su enfermedad psiquiátrica, éste circulaba libremente, sin control por parte de la Administración. Reclamaba una indemnización de 353.050,40 euros por el lucro cesante causado por la muerte del esposo y padre de sus representados, de acuerdo con un informe actuarial que se adjuntaba, cantidad de la que habría que deducir lo que se percibiera del Estado por aplicación de la Ley de 11 de diciembre de 1995, dada la insolvencia del presunto autor de la muerte referida. Explicaba que había presentado una reclamación análoga ante la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.

Entre otros documentos, acompañaba una copia de los siguientes:

a) Testamento abierto otorgado por ...... ante el notario de Madrid ...... el 31 de mayo de 1993, en el que instituía herederos universales, por partes iguales, a sus hijos, si los tuviere, y legaba a su cónyuge, si lo hubiere al tiempo de su fallecimiento, el tercio de libre disposición, sin perjuicio de su cuota legal usufructuaria.

b) Acta del matrimonio celebrado entre ...... y ...... el 10 de junio de 1993, según constaba en el Registro Civil de Torrecaballeros (Segovia).

c) Tres certificados del Registro Civil, del nacimiento de ...... , ...... y ...... , hijos de los anteriores.

d) Escrito formulado por una trabajadora social del programa integral ...... , con sede en el Paseo General Martínez Campos número 18, de Madrid, ante la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha de entrada 26 de marzo de 2004, en el que comunicaba que habían detectado un problema de salud mental importante en ...... , que no seguía tratamiento médico alguno ni asumía su enfermedad, y que estaba convencido de que querían matarle. Agregaba que, establecido contacto con el Centro de Servicios Sociales de Adra (Almería), habían señalado que ya habían detectado algún problema de salud mental en él y que había amenazado con el uso de armas.

e) Denuncia formulada por la Directora del Centro de Día y Comedor Social ...... ante un Juzgado de Instrucción, con fecha 15 de junio de 2004, en la que manifestaba que ...... , indigente que residía en la calle, la víspera había agredido violentamente a una trabajadora social del Centro, y que era una persona muy peligrosa y que podía estar en posesión de algún arma.

f) Informe del Hospital Universitario Gregorio Marañón de 8 de julio de 2004, en relación con ...... , a quien se diagnosticaba un trastorno por ideas delirantes.

g) Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, en el que se hacía constar que el último testamento del fallecido ...... había sido otorgado ante el notario de Madrid ...... el 31 de mayo de 1993.

h) Informe de una médico forense, de octubre de 2004, en el que se decía que ...... presentaba un trastorno de ideas delirantes de tipo persecutorio y que permanecía el peligro de que llevara a cabo acciones similares a las que habían motivado su ingreso en prisión.

i) Informe de un catedrático de Psiquiatría, emitido el 8 de octubre de 2004 a instancia de la viuda de ...... , en el que concluía que el autor de la mortal agresión padecía esquizofrenia paranoide y tenía una acusada peligrosidad social, que requería su internamiento en una unidad cerrada de Psiquiatría.

j) Informe actuarial para la valoración del lucro cesante que suponía la muerte de ...... , de 17 de junio de 2005. A partir de sus ingresos anuales para 2003 de 30.000 euros, y del valor estimado de su pensión de jubilación en 2019, llegaba a unos salarios netos que hubiese podido percibir hasta su jubilación de 366.736,18 euros y a unas cantidades que hubiese devengado como pensión de 157.503,85 euros. Descontando el valor actuarial de las pensiones de viudedad y orfandad, llegaba a un lucro cesante no compensado de 353.050,40 euros.

Segundo.- El Comisario Jefe de la Comisaría de Chamartín, de la Jefatura Superior de Policía de Madrid, informó de la intervención policial a raíz de la agresión mortal a ...... .

Tercero.- El representante de los reclamantes presentó una copia de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid (Tribunal del Jurado) de 14 de diciembre de 2005. En los hechos probados podía leerse lo siguiente: "... el día 2 de julio de 2004, sobre las 16 horas, el acusado ...... , (...) mayor de edad y sin antecedentes penales, cuando se encontraba en la calle Pedro de Valdivia de Madrid, a la altura del nº 6, se dirigió hacia ...... , que por allí caminaba, y con una navaja tipo mariposa que el acusado llevaba, le apuñaló sorpresivamente un total de 16 veces, con ánimo de causar su muerte, y sin que ...... pudiera defenderse (...). El acusado padece esquizofrenia paranoide que anula sus facultades mentales". El fallo de la sentencia era absolutorio del reo, por la eximente completa de enajenación mental, pero imponía a éste la medida de seguridad de internamiento en un centro cerrado de Psiquiatría durante un máximo de veinte años, y le condenaba a indemnizar a ...... en la cantidad de 150.000 euros, y a cada uno de sus tres hijos menores en 75.000 euros.

Cuarto.- El 30 de enero de 2006 se incorporó a las actuaciones una copia del atestado 12.202, de la Comisaría de Moncloa-Aravaca de la Jefatura Superior de Policía de Madrid, que comenzaba con una denuncia interpuesta el 21 de septiembre de 2003 por ...... , de nacionalidad alemana, que denunciaba haber recibido el mismo día varios puñetazos y patadas de parte de un individuo, que le había causado tres heridas, una contusa en antebrazo derecho, otra contusa en la zona occipital de la cabeza y otra en el labio superior. Continuaba el atestado con la comparecencia libre y voluntaria en Comisaría de ...... el mismo 21 de septiembre, que manifestaba haber dado una bofetada al denunciante, por haber recibido de él antes un botellazo en la cara, quien además le había dicho que si la chica no quería morir sabía lo que le convenía. Afirmaba que se había acercado al denunciante porque habían matado a su padre y le habían intentado matar también a él, habían torturado a su madre y habían prostituido en un club a la chica con la que se iba a casar. El atestado concluía con una diligencia de remisión a los Juzgados de Instrucción.

Quinto.- Abierto el trámite de audiencia, el representante de los interesados presentó un escrito en el que alegaba que había numerosas intervenciones de la Policía Nacional con anterioridad al 2 de julio de 2004, en relación con el autor de la agresión, y que era un hecho de extrema gravedad que no se hubiesen tomado medidas contra él, dadas las muestras de peligrosidad y el grave trastorno psíquico que padecía. Consideraba que la actitud omisiva del Cuerpo Nacional de Policía entrañaba falta de diligencia, como se ponía de relieve con la existencia de una orden de averiguación de domicilio y paradero del individuo, dictada mediante providencia del Juzgado de Instrucción número 50 de Madrid el 15 de diciembre de 2003, en el seno de un proceso por denuncias y amenazas promovido contra ...... por ...... . Señalaba que la providencia había sido reiterada el 5 de febrero de 2004, y había estado en vigor en la base de datos de la Dirección General de la Policía del 9 de febrero al 23 de mayo de 2004, y por tanto el 6 de abril de 2004, fecha en que había acudido el individuo a la Comisaría de Centro para formular una denuncia porque le estaban vigilando y siguiendo, y se le había dejado marchar. Añadía que la denuncia de la Directora del Centro de Día y Comedor Social había dado lugar a la apertura de un expediente de juicio de faltas, en el que el Juzgado de Instrucción número 17 de Madrid había dirigido un auto a la Comisaría de Chamberí para que esclareciera los hechos y averiguara el autor, el día 18 de junio de 2004, cosa que de haberse llevado a cabo habría impedido el posterior homicidio.

Entre otros documentos, adjuntaba una copia de los siguientes:

a) Denuncia formulada el 3 de octubre de 2003 por ...... , como empleado del Metro de Madrid, contra ...... , que se había introducido en un túnel de la línea 3, con lo que el servicio de trenes había tenido que circular con extremada precaución por un tiempo de unos diez minutos.

b) Providencia de 15 de diciembre de 2003, del Juzgado de Instrucción número 50 de Madrid, en relación con un juicio de faltas, mediante la que se acordaba suspender el juicio señalado para el 17 de noviembre de 2003, dado que el denunciado ...... no había podido ser citado en Adra.

c) Providencia de la misma fecha, Juzgado y procedimiento, por la que se ordenaba a la Dirección General de la Policía que averiguasen el domicilio actual del denunciado.

d) Oficio del Archivo Central de la Policía, de 10 de febrero de 2004, en el que se comunicaba al Juzgado de Instrucción número 50 que desde la víspera estaba en vigor la averiguación de domicilio y paradero de ...... .

e) Denuncia formulada por ...... el 6 de abril de 2004 ante la Comisaría de Centro de la Jefatura Superior de Policía de Madrid, en la que manifestaba que había localizado a un individuo que venía siguiéndole desde hacía unos seis meses.

f) Oficio de la Comisaría de Policía del Distrito de Chamberí (Madrid), dirigido al Juzgado de Instrucción número 17 de Madrid en referencia a un auto de este órgano que había sido recibido en la Comisaría el 29 de junio de 2004, sobre la denuncia formulada por la Directora del Centro de Día y Comedor Social. Expresaba que la averiguación de paradero sobre ...... había cesado el 23 de mayo de 2004, y que había sido detenido por homicidio doloso.

Sexto.- El 15 de marzo de 2006, la Comisaría de Centro de la Jefatura Superior de Policía de Madrid informó que no se comprobaba si tenían o no antecedentes las personas que acudían a la Comisaría a formular denuncias.

Séptimo.- Abierto un nuevo trámite de audiencia, el representante de los interesados presentó un escrito de alegaciones en el que insistía en sus argumentos y expresaba que resultaba grave y alarmante que no se comprobara que los que acudían a la Comisaría a denunciar tuvieran órdenes judiciales pendientes contra ellos.

Octavo.- El Comisario Jefe de la Brigada Provincial de Seguridad Ciudadana de Madrid remitió una nota de una actuación que obraba en la Sala del 091, según la cual un escolta de la Ministra de Vivienda el 20 de mayo de 2004 había comunicado que había sido agredida una persona en la vía pública, con una herida leve en el labio superior, por parte de ...... , a quien le constaba una averiguación de domicilio y paradero. Según la nota, el agresor había sido trasladado a Comisaría para identificación, si bien el agredido no había presentado denuncia.

Noveno.- La instructora del procedimiento propuso que se desestimase la reclamación, porque no había constancia de fallo o negligencia en el servicio público, con lo que el hecho había sido responsabilidad del autor.

Décimo.- Remitido el expediente al Consejo de Estado, por oficio de su Presidente de 27 de septiembre de 2006 se pidió que se completase con una nueva práctica del trámite de audiencia, a la vista de la incorporación de documentos tras el último realizado.

Undécimo.- Cumplimentado que fue, el representante de los interesados, en un nuevo escrito, aseveró que si los días 6 de abril y 20 de mayo de 2004 se hubieran averiguado los antecedentes de ...... , o se hubiese ejecutado la orden judicial de averiguación de domicilio y paradero, se habría actuado sobre él y no se habría permitido que abandonase la Comisaría, con lo que concurría una actuación omisiva y negligente.

Duodécimo.- A petición de la instructora, se incorporó a las actuaciones una copia de la denuncia formulada por ...... ante la Comisaría de Centro de la Jefatura Superior de Policía de Madrid, el día 2 de agosto de 2003, en la que denunciaba que le habían sustraído dinero y varios efectos personales mientras dormía en un parque.

Décimo tercero.- Abierto un nuevo trámite de audiencia, el representante de los interesados formuló un escrito en el que decía que había concurrido un funcionamiento anormal de los servicios públicos y reiteraba su pretensión.

Y, en tal estado de tramitación, V.E. dispuso que se remitiera de nuevo el expediente al Consejo de Estado para dictamen.

Se consulta una reclamación por diversas omisiones policiales, que según la parte reclamante posibilitaron que una persona cometiera un homicidio.

El artículo 139.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, exige para declarar la responsabilidad patrimonial de la Administración que se acredite una relación de causa a efecto, en sentido jurídico, entre el daño y el funcionamiento de los servicios públicos.

El 2 de julio de 2004 el marido y padre de los reclamantes fue apuñalado en la vía pública por una persona con esquizofrenia paranoide, que le provocó la muerte. Los interesados han formulado dos reclamaciones de responsabilidad patrimonial: ante la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid y ante el Ministerio del Interior. La primera, fundada en el funcionamiento de los servicios sociales y sanitarios, fue objeto del dictamen de este Alto Cuerpo Consultivo de 2 de noviembre de 2006 (expediente número 1653/2006), en el que se analizaba la eventual responsabilidad de la Administración por su alegada falta de vigilancia de un enfermo mental peligroso, no tratado ni recluido. Su conclusión consideraba que debía desestimarse la reclamación. Toca ahora analizar, por tanto, la eventual responsabilidad conectada con los servicios policiales.

Es preciso partir de que el daño fue causado por el agresor, ajeno por completo a la Administración, tal y como se desprende de la sentencia del orden jurisdiccional penal recaída sobre los hechos (punto tercero de antecedentes). El argumento de los reclamantes gira en torno a una o varias omisiones administrativas, de tal gravedad a su juicio que se constituyen en causa del terrible suceso. Las omisiones no se refieren a los momentos previos a la agresión, sino a los días, semanas o meses anteriores.

Por de pronto, no cabe hacer responsable a la Administración del Estado de los delitos que se cometan en el territorio nacional, ni siquiera cuando los autores sean personas más o menos peligrosas por su trayectoria previa. La labor preventiva y disuasoria de los delitos que compete a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado no los hace causantes, en sentido jurídico-administrativo, de las infracciones penales que se cometan. Lo contrario supondría un régimen de aseguramiento público que excede con mucho de la institución de la responsabilidad patrimonial.

En el asunto consultado conviene subrayar que el agresor carecía de antecedentes penales y jamás fue objeto de una orden de detención. Por este motivo, cuando acudió a la Comisaría del Distrito Centro de Madrid el día 2 de agosto de 2003, para formular una denuncia porque le habían sustraído dinero en metálico y ciertos objetos personales mientras dormía en un parque, ninguna acción podían ni debían tomar contra él los funcionarios actuantes. Es más, en esa fecha ni siquiera había comenzado la larga serie de denuncias que realizó ante los Juzgados de Madrid desde el 1 de septiembre de 2003.

El 21 de septiembre de 2003 se le denuncia por parte de otra persona, a quien había causado unas heridas leves con puñetazos y patadas, pero él acude voluntariamente a Comisaría y acusa a su víctima de haberle propinado un botellazo, y no consta que se siguieran actuaciones en el Juzgado al que fue remitido (punto cuarto de antecedentes).

A raíz de una denuncia de un empleado del Metro de Madrid, de 3 de octubre de 2003, se abrió un expediente por un juicio de faltas contra ...... , por introducirse en un túnel de la red ferroviaria. Como la notificación a su domicilio de Adra (Almería) resultó fallida, el Juez de Instrucción ordena a la Dirección General de la Policía averiguar el domicilio de éste, pero no solicita su detención. Es cierto que no se da con su paradero, pero no lo es menos que era difícil hacerlo, pues al parecer estaba en la indigencia, vagaba sin residencia fija y tenía la creencia de que era vigilado y perseguido.

El 26 de marzo de 2004 una trabajadora social del programa integral ...... se dirigió a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en un escrito en el que ponía de manifiesto la enfermedad mental de esta persona, pero no parece que pretendiera el ejercicio de ninguna acción penal, sino más bien de manera implícita que se decidiera sobre su capacidad para regirse a sí mismo. Por lo demás, este documento sólo llega a los agentes policiales como anexo a una denuncia ante los Juzgados de la Directora del Centro de Día y Comedor Social ...... de fecha 15 de junio de 2004, por agresión a una trabajadora social, con el auto judicial que ordenaba su investigación, los cuales tuvieron entrada en la Comisaría del Distrito de Chamberí el 29 de junio de 2004 (tres días antes del apuñalamiento).

El representante de los reclamantes insiste en dos fechas, el 6 de abril y el 20 de mayo de 2004, en las que el Sr. ...... acudió a Comisaría. La primera vez a la del Distrito Centro para denunciar que era vigilado desde hacía seis meses por un individuo (punto quinto, letra e), de antecedentes). La segunda para ser identificado, tras haber causado heridas leves en un labio por una agresión, no denunciada (punto octavo de antecedentes). La parte interesada insiste en que en ambas ocasiones se debía haber comunicado al Juzgado el hallazgo del individuo y no se debería haber permitido que saliera en libertad. No hay constancia de si se le preguntó por su domicilio y se hizo llegar al Juzgado que había pedido su averiguación, pero lo que es claro es que no existía fundamento alguno para privar de libertad a ...... . Se ha de notar que la detención es una cuestión grave, que no puede adoptarse al albur de impresiones o subjetivismos, sin una clara apoyatura legal. Tampoco en el momento los agentes policiales podían tener más información sobre su peligrosidad que la derivada de una pelea, un juicio de faltas por caminar por un túnel del metropolitano y las heridas en el labio no denunciadas.

En estas circunstancias, es evidente que una omisión administrativa como la afirmada en la comunicación al Juzgado de Instrucción del paradero del individuo, e incluso la hipotética celebración inmediata del juicio de faltas contra él, son hechos del todo independientes al homicidio que cometió varias semanas después, y ajenos absolutamente a él desde el punto de vista causal. No puede considerarse probada, por tanto, la relación de causalidad del daño con el funcionamiento de los servicios públicos. La reclamación, en consecuencia, no puede ser estimada.

En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado es de dictamen:

Que procede desestimar la reclamación de daños y perjuicios formulada por ...... , en nombre y representación de ...... y de sus hijos menores de edad ...... , ...... y ...... ."

V.E., no obstante, resolverá lo que estime más acertado.

Madrid, 15 de marzo de 2007

EL SECRETARIO GENERAL,

EL PRESIDENTE,

EXCMO. SR. MINISTRO DEL INTERIOR.

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