Última revisión
Resolución de 13 de julio de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Cornellà de Llobregat n.º 1, por la que se suspende la inscripción de una escritura de cesión de préstamo hipotecario en la que la entidad recurrente es la cedente, por razón de no acreditarse el cumplimiento de los requisitos de la Ley 2/2009 por parte del cesionario., - Boletín Oficial del Estado, de 22 de Septiembre de 2015
Resolución
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Órgano: Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
Fecha: 22/09/2015
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 6 de febrero de 2015 por don José Ángel Ruiz Prado, notario de Barcelona, con el número 351 de protocolo, la entidad mercantil «Grupo Inverpréstamo, S. …
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