Última revisión
Resolución de 30 de marzo de 2020, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación., - Boletín Oficial del Estado, de 08 de Abril de 2020
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Órgano: Direccion General de Seguros y Fondos de Pensiones
Fecha: 08/04/2020
Por su parte, el Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional (SMI) para 2020, aumentó su importe hasta los 950 euros mensuales, lo que supone un crecimiento del 5,5555555556 % respecto al vigente en el año 2019.
El cambio para el año 2020 en la cuantía del SMI operado por Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, es, efectivamente, causa de actualización, con efectos de 1 de enero de 2020, de las tablas 2.C.3, 2.C.7 y 2.C.8, trasladándose a éstas el resultado derivado de las fórmulas de cálculo planteadas con el nuevo SMI, actualización que no se encuentra dentro de los casos objeto de prohibición de afectación establecidos en la disposición transitoria única del citado Real Decreto.
Tomando en consideración lo anteriormente expuesto y en aplicación del artículo 49.3 de la LRCSCVM, esta Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones acuerda hacer públicas en su sitio web, http://www.dgsfp.mineco.es/, las cuantías indemnizatorias vigentes durante el año 2020 revalorizadas en el 0,9 por ciento.
Asimismo, atendiendo, a lo que se estima prudente y proporcionada aplicación de los principios de íntegra y ágil reparación del daño ocasionado a la víctima, propios de la LRCSCVM, acuerda hacer públicas en su sitio web, http://www.dgsfp.mineco.es/, las tablas 2.C.3, 2.C.7 y 2.C.8, utilizando el SMI vigente en 2020, para el cálculo de las indemnizaciones a que se refieren los artículos 125.3 y 130 c) y d) de la LRCSCVM.
Madrid, 30 de marzo de 2020.- El Director General de Seguros y Fondos de Pensiones, Sergio Álvarez Camiña.
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