Resolución de BOICAC 34/J...io de 1998

Última revisión
09/02/2023

Resolución de BOICAC 34/JULIO DE 1998-1 de 31 de julio de 1998

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Relacionados:

Órgano: Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas

Fecha: 31/07/1998

Num. Resolución: 34/JULIO DE 1998-1


Cuestión

Cambios de criterios contables y estimaciones. NV 21ª.

Descripción

Sobre la corrección de errores contables procedentes de ejercicios anteriores.

Contestacion

Las cuentas anuales deben reflejar la imagen fiel del patrimonio, la situación financiera y los resultados de la empresa. Por ello, en la medida que se detecten errores en la contabilidad, se deben investigar las causas que han originado dichos errores y proceder al ajuste de las partidas implicadas.

En todo caso, será de aplicación la norma de valoración 21ª "Cambios en criterios contables y estimaciones", contenida en la quinta parte del Plan General de Contabilidad, en el sentido de considerar que el efecto que ocasiona el error se produce al inicio del ejercicio en que se pone de manifiesto; el efecto acumulado de las variaciones de activos y pasivos que sean consecuencia del citado error se incluirá como un resultado extraordinario en la cuenta de pérdidas y ganancias.

En la memoria de las cuentas anuales la empresa deberá incluir cualquier información significativa sobre los errores que se hayan podido producir; en concreto se especificarán las causas que los motivaron..

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