Resolución de BOICAC 53/M...zo de 2003

Última revisión
09/02/2023

Resolución de BOICAC 53/MARZO 2003-2 de 31 de marzo de 2003

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Órgano: Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas

Fecha: 31/03/2003

Num. Resolución: 53/MARZO 2003-2


Cuestión

Principio de devengo. Compras y otros gastos NV 17ª

Descripción

Sobre el tratamiento contable que debe darse a la cantidad entregada por un proveedor al cliente con la condición de que éste se comprometa a comprar en exclusiva un volumen preestablecido de productos durante un determinado período de tiempo.

Contestacion

La operación descrita en la consulta consiste en un descuento por haber alcanzado un determinado volumen de pedidos, por lo que se trata de un rappel cobrado por anticipado; para la contabilización de esta operación será de aplicación el principio del devengo recogido en la primera parte del Plan General de Contabilidad, que establece que la imputación de ingresos y gastos deberá hacerse en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, con independencia del momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera derivada de ellos.

Por tanto, se procederá por parte del cliente a contabilizar la cantidad entregada por el proveedor como ?Ingreso a distribuir en varios ejercicios? y se imputará a resultados del ejercicio a medida que se vayan devengando los rappels por cumplir los requisitos estipulados en el contrato y de acuerdo, a su vez, con el principio de correlación de ingresos y gastos. Este diferimiento, deberá figurar en el pasivo del balance en una cuenta de la agrupación B) Ingresos a distribuir en varios ejercicios, de los modelos de balance (normal y abreviado) recogidos en la cuarta parte del Plan General de Contabilidad, que a su vez se irá saldando bien por el devengo del rappel, o bien como consecuencia del incumplimiento del contrato, con abono, en este caso, a una partida que refleje la correspondiente deuda con el proveedor.

La contabilización de las facturas, que como consecuencia del contrato se vayan materializando, se realizarán de acuerdo a lo previsto en la norma de valoración 17ª. Compras y otros gastos, recogida en la quinta parte del mencionado Plan General de Contabilidad, teniendo siempre presente el ya citado anteriormente principio del devengo y la calificación contable del montante suscitado en la consulta.

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