Última revisión
Resolución de la Ministerio de Trabajo BOE núm. 23 de 27 de enero de 2021
Relacionados:
Órgano: Ministerio de Trabajo
Fecha: 27/01/2021
Num. Resolución: BOE núm. 23
Cuestión
Resolución de 14 de enero de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de prórroga de ultraactividad del Convenio colectivo del Grupo de Empresas Unidad Editorial.Páginas 8101 a 8102
Sección: III. Otras disposiciones
Contestacion
TEXTO ORIGINAL
Visto el texto del acuerdo, de 21 de diciembre de 2020, de prórroga de ultraactividad, hasta el 30 de junio de 2021, del Convenio colectivo del Grupo de Empresas Unidad Editorial ?Editora de Medios de Valencia, Alicante y Castellón, S.A., Rey Sol, S.A., Unedisa Comunicaciones S.L.U., Unidad Editorial S.A., Unidad Editorial Información Deportiva S.L.U., Unidad Editorial Información Económica S.L.U., Unidad Editorial Información General, S.L.U., Unidad Editorial Revistas, S.L.U., Unidad Editorial Información Regional, S.A., Ediservicios Madrid 2000, S.L., Logintegral 2000, S.A., Unedisa Telecomunicaciones S.L. y Ediciones Cónica, S.A.? (Código de convenio: 90102773012017), publicado en el BOE de 7 de octubre de 2017, acuerdo que fue suscrito, de una parte, por los designados por la Dirección de dicho grupo de empresas, en representación del mismo, y de otra, por los sindicatos
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado acuerdo de prórroga de ultraactividad en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 14 de enero de 2021.?La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.
ACUERDO DE PRÓRROGA DE ULTRAACTIVIDAD DEL CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO DE EMPRESAS UNIDAD EDITORIAL
En Madrid, a 21 de diciembre de 2020.
REUNIDOS
De una parte, don Ricardo Martínez Jiménez, Director de Recursos Humanos y Organización del Grupo Unidad Editorial, actuando en nombre y representación del Grupo Unidad Editorial, en adelante la Empresa.
Y de otra, doña Adriana Rodríguez Cáceres, en representación de
Las partes se reconocen plena capacidad jurídica para otorgar el presente documento, y al efecto
EXPONEN
Que el 31 de diciembre de 2020 expira el periodo de ultraactividad del convenio colectivo de empresa, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 punto 5 del Convenio Colectivo del Grupo Unidad Editorial.
Que los firmantes parten de la consideración de que la ultraactividad de los convenios colectivos es materia disponible para los negociadores, por así establecerlo el apartado tercero del artículo 86 de la Ley del
En virtud de lo expuesto los firmantes, que representan a la totalidad de los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Grupo de empresas
ACUERDAN
I.?Prorrogar la ultraactividad del Convenio Colectivo por el periodo de seis meses a partir del 31 de diciembre de 2020, garantizando hasta el 30 de junio de 2021 el mantenimiento del convenio vencido.
II.?El presente acuerdo entrará en vigor en la fecha de su firma y hasta el 30 de junio de 2021 salvo que se produzca en fecha anterior la entrada en vigor de un convenio colectivo de empresa que sustituya al que se prorroga en su ultraactividad.
III.?Proseguir la negociación y firma de un nuevo convenio colectivo.
Y para que así conste a los efectos oportunos, se firma por cuadruplicado ejemplar el presente documento en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.?Por representación de los trabajadores,