Última revisión
07/06/2022
Resolución de Tribunal Económico Administrativo Central, 0/07287/2021/00/00 de 26 de Abril de 2022
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Órgano: Tribunal Económico Administrativo Central
Fecha: 26/04/2022
Num. Resolución: 0/07287/2021/00/00
Resumen
IRPF. Ganancias patrimoniales. Transmisión onerosa de valores no cotizados. Aplicación de la regla del artículo 37.1.b) de la Ley 35/2006 IRPF. Sociedad participada constituida en el primer o segundo ejercicio social cerrado con anterioridad a la fecha del devengo del Impuesto.
Descripción
Tribunal Económico-Administrativo Central
SALA PRIMERA
FECHA: 26 de abril de 2022
Contestación
Criterio:No es de aplicación la regla de determinación del valor de transmisión por el que resulte de capitalizar al tipo del 20 por ciento el promedio de los resultados de los tres ejercicios sociales cerrados con anterioridad a la fecha del devengo del Impuesto establecida en el artículo 37.1b) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, cuando, al haberse constituido la sociedad participada en el primer o segundo ejercicio social cerrado con anterioridad a la fecha del devengo del Impuesto, a esta última fecha no se disponen de los resultados de "los tres ejercicios sociales cerrados con anterioridad a la fecha del devengo del Impuesto" del citado art. 37.1 b) LIRPF.
Unificación de criterio
