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Resolución de Tribunal Económico-Administrativo Foral de Bizkaia, 2984 de 24 de Septiembre de 2001
Resolución
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Órgano: Tribunal Económico-Administrativo Foral de Bizkaia
Fecha: 24/09/2001
Resumen
Indemnización judicialmente reconocida.
Cuestión
¿Qué se entiende por indemnización judicialmente reconocida?
Descripción
Se considera que una indemnización está reconocida judicialmente cuando se dé alguno de estos 2 casos:
1- Que la cuantía sea fijada por sentencia judicial.
2- Que existiendo una aproximación voluntaria entre las partes, se produzca también algún tipo de intervención judicial (acto de conciliación judicial, allanamiento, renuncia, desistimiento o transacción judicial).