Última revisión
09/02/2023
Resolución de Tribunal Económico Administrativo Foral de Bizkaia Criterios Administrativos relativo a Modelo 720 de 15 de noviembre de 2013
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Órgano: Tribunal Económico Administrativo Foral de Bizkaia
Fecha: 15/11/2013
Cuestión
¿Qué personas físicas tienen obligación de presentar la declaración Modelo 720 ante la Hacienda Foral de Bizkaia?Normativa
Normativa
Arts. 53 bis, 53 ter, 65 ter y 65 quáter del Decreto Foral 205/2008, de 22 de diciembre.
Resumen
Modelo 720. Obligación de declarar. Personas físicas. Ámbito temporal de la residencia.Contestacion
Tienen obligación de presentar el Modelo 720 ante la Hacienda Foral de Bizkaia, entre otros, las personas físicas sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en este Territorio Histórico por su renta mundial en el ejercicio al que se refiera la declaración.
Consecuentemente, las personas físicas que no hayan tenido la condición de contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas aquí (en Bizkaia) durante 2013, no deben presentar el Modelo 720 de declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero en 2014 ante esta Hacienda Foral, con independencia de que, por ejemplo, a lo largo del citado ejercicio 2014 vayan a pasar a ser residentes en el Territorio Histórico de Bizkaia (sin perjuicio de que, si así ocurre, sí tengan que presentar la citada declaración en 2015 -con los datos relativos al 2014-).
